Con
fecha de 19 de diciembre de 2012 ha sido notificado el auto dictado
por la Audiencia Nacional por el que, desoyendo nuestro intento por
evitar una inútil prolongación del procedimiento, estima las
alegaciones presentadas por el abogado del Estado
determinando que el recurso debe ser interpuesto frente a la
liquidación definitiva.
El
auto supone asumir el criterio dilatorio de la CNE al entender que las
liquidaciones que estaban siendo recurridas son meramente
provisionales y que sólo cabe recurrir la liquidación que consideran
definitiva y que es la que se girará en Diciembre de 2012, ignorando,
no obstante, tal y como defendía BRENES ABOGADOS, que la liquidación
de Diciembre de 2012 en nada modifica el cese en el pago de la prima
regulada que se produce al mes siguiente del mes en que se sobrepasa
el límite horario anual y no en Diciembre del 2012. Con esta decisión,
la Audiencia zanja la polémica surgida en torno a la impugnabilidad de
las liquidaciones provisionales. El auto por el momento ha sido
dictado en uno sólo de los recursos testigos y que previsiblemente
será aplicado a todos los recursos actualmente interpuestos. Bajo
este link podrán ustedes visualizar el antedicho auto.
A
efectos prácticos, más allá de la inevitable dilación que supone para
el ejercicio de las acciones legales contra estos recortes
retroactivos, el auto dictado no perjudica la defensa de los intereses
de nuestros clientes puesto que únicamente se limita a determinar qué
liquidación es recurrible; por ello, cuando sea dictada la liquidación
que se ha establecido como recurrible, procederemos a reproducir los
mismos recursos ya interpuestos pero esta vez frente a la liquidación
provisional tercera que es la que resumirá todas las liquidaciones
provisionales.
La
reproducción del recurso frente a la liquidación considerada por la
Audiencia como recurrible se realizará lógicamente sin coste
adicional alguno para nuestros clientes. No tendrán ustedes
que remitirnos ningún tipo de documentación adicional salvo la
liquidación final tercera que se girará en Diciembre de 2012.
La
consecuencia de este auto es que los afectados verán inútilmente
postergada la resolución de sus intereses, mientras el Estado,
nuevamente, será el único beneficiado por esta prórroga.